Una de las preguntas que más frecuentemente nos hacen nuestros clientes de todas las localidades que acuden a nosotros (Fuengirola, Torremolinos, Coín, Málaga, Benalmádena), es sobre las consecuencias de la pérdida de vigencia del permiso de conducir y la forma de recuperarlo una vez perdido.
Si el Juzgado te condena por un delito contra la seguridad del tráfico por conducir bajo los efectos del alcohol, a la privación del permiso de conducir durante más de dos años, de conformidad con el artículo 47 del Código Penal, la retirada del carnet conlleva la pérdida de vigencia, es decir, que para volver a conducir tendrás que volver a examinarte.
El RDL 6/2015 de 30 de octubre de 2015 regula la obtención del permiso de conducir cuando su titular haya sido condenado por sentencia penal con la privación del derecho de conducir y al respecto establece “podrá obtener una vez cumplida la condena, una autorización administrativa DE LA MISMA CLASE Y CON LA MISMA ANTIGÜEDAD, de acuerdo con el procedimiento del artículo 71”
Los requisitos para recuperar el permiso de conducir son:
- Realización y superación con aprovechamiento de un curso de sensibilización y reeducación vial de 24 horas de duración en centro homologado y especializado.
- Prueba teórica, una vez superado el tiempo de privación del permiso de conducir, sobre los contenidos del curso realizado.
Para la realización de esta prueba teórica deberás solicitar cita para examen ante la Jefatura Provincial de Tráfico. El permiso que se obtenga o recupere de esta forma, dispondrá de un saldo de 8 puntos.
En nuestra Unidad te gestionamos la entrega del permiso de conducir al juzgado, el cómputo del plazo de privación y la recuperación del mismo, y nos encargamos, si te hemos tramitado el procedimiento penal, de comunicarte con los centros encargados para la realización de los cursos de sensibilización necesarios y las pruebas de capacitación para recuperar tu carnet.