Como lo prometido es deuda vamos, en este artículo te expondré los cálculos de la indemnización por fallecimiento de un caso que hemos tramitado recientemente.
Manuel falleció el pasado 5 de julio de 2022 en accidente de tráfico a los 50 años de edad. Ocupaba el puesto de conductor en el vehículo en el que viajaba. Trabajaba por cuenta ajena como agente comercial y percibía unos ingresos netos anuales de 36.500 euros. Estaba casado desde hacía 17 años con María, que en ese momento estaba desempleada y tenía un hijo de 9 años de edad. Además, sus padres (ascendientes) viven ambos y tenía tres hermanos. En su domicilio convivía con ellos una tía de su cónyuge.
Indemnización a cada perjudicado
1º.- A María, su cónyuge viuda de 45 años
- Perjuicio Básico: 98.730, 92 euros.
- Por cada año de convivencia superior a 15: 1.097,01 euros.
- Gastos sin necesidad de justificación: 438,80 euros.
- Lucro cesante: 70.043 euros.
- Total Indemnización cónyuge: 171.406, 74 euros.
2º.- A Luis, su Hijo de 9 años de edad
- Perjuicio básico: 98.730 92 euros.
- Hijo único Perjudicado: 24.682,73 euros.
- Gastos sin necesidad de justificación: 438, 80 euros.
- Lucro cesante: 104.254 euros.
- Total Indemnización hijo: 228.106, 45 euros.
3º.- A cada uno de sus padres, Eugenio y Lola:
- La cantidad de: 43.880, 41 euros.
- Total indemnización padres: 87.760, 82 euros.
4º.- A cada uno de sus tres hermanos todos mayores de 30 años:
- La cantidad 16.455, 15 euros a cada uno.
- Total indemnización tres hermanos: 49.365, 45 euros.
5º.- A la tía de su esposa que convivía con sus padres (allegada):
- La cantidad de:10.970,10 euros.
- Total indemnización allegada: 10.970,10 euros.
INDEMNIZACIÓN TOTAL POR FALLECIMIENTO: 547.609, 56 euros.
Insistimos en que es fundamental que en estos casos te asesores y dejes guiar por un abogado especializado en accidentes de tráfico, sino las compañías de seguros intentarán siempre regatear, esconder partidas del baremo, rebajar cuantías, etc. Todo en su propio beneficio. Nunca lucharán por tus intereses.